REGLAMENTO
O MANUAL DE CONVIVENCIA
Colegio
Instituto para la Ciencia
Año
2004
Capitulo
I. Consideraciones sobre la adopción del reglamento
Artículo
1. El presente reglamento se instituye con el
fin de garantizar las libertades individuales de los miembros de la comunidad
Instituto para la Ciencia, así como lograr el cumplimiento de sus deberes y el
ejercicio de sus derechos. Entiéndase por derecho toda prerrogativa individual
o colectiva consagrada en la Constitución Política Colombiana o en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos. Aún así, la libertad individual implica
ciertos alcances que se delimitan por las libertades colectivas y de los otros
individuos. Las normas de comportamiento expuestas aquí, constituyen la base
primordial de la estructura disciplinaria y está orientada a cumplir el
objetivo de la formación humana y de la preparación para la vida en comunidad
de los estudiantes de este colegio.
Por otra parte, el presente reglamento
garantizará el respeto mutuo; incentivará la responsabilidad individual, la
tolerancia y la sana convivencia.
Capitulo
II. La identificación institucional.
Artículo 2.
Los símbolos institucionales deben ser portados con decoro por todo el
personal del Instituto para la Ciencia y deben ser el reflejo de los objetivos
y metas de este colegio.
Artículo
3. Los símbolos.
El personal del colegio Instituto para
la Ciencia se identificará plenamente con su filosofía, sus objetivos y los
símbolos que representen su nombre, siendo adoptados los siguientes:
Escudo:
-
El símbolo atómico:

El logotipo es un átomo en el cual se inscriben las
iniciales I y C, de "Instituto para la Ciencia". Representa la
profundización científica de nuestra educación. Está constituido por tres orbitales y en el centro el núcleo. Los
orbitales estarán espaciados de manera equidistante y el correspondiente a la
inscripción se resaltará mediante un mayor espesor y mayor intensidad de
color. No existe un color
predeterminado para este símbolo.
La bandera:
-El símbolo espectral:
Un rayo de luz que
atraviesa la oscuridad de la ignorancia, se transforma en mil colores de vida
después de ser sometido a depuración en el prisma. La luz blanca es la
inteligencia, el prisma representa la orientación que le damos para que tome
diferentes matices, representados por el espectro. Se presentará como un rectángulo con fondo negro, un prisma
central blanco con aristas y una línea blanca delgada que sale del lado
izquierdo del rectángulo y se pierde en la mitad del lado del prima. En la misma posición, pero en el lado
opuesto, inicia un espectro lumínico conformado por los colores visibles del
arco iris y en su mismo orden. Iniciará
en un punto y crecerá cónicamente hasta alcanzar los ángulos derechos del rectángulo. Contendrá la inscripción “Instituto para la
Ciencia”, encima de la línea, y “Manizales”, debajo de la línea blanca.
Lema institucional:
“Ofrecemos la única educación científica
de la ciudad”
Capitulo
III. La presentación personal.
Artículo
4. El uniforme.
Los estudiantes del Instituto para la
Ciencia usarán dos uniformes según el caso:
de diario y de educación física y su uso será obligatorio en todas las
actividades en que intervenga el Colegio Instituto para la Ciencia y sus
estudiantes.
El
uniforme de diario. Consta de camibuso blanco con el logotipo estampado en el lado
izquierdo sobre el pecho y el cuello
llevará bordes azul oscuro; pantalón azul oscuro y chaqueta gris con fondo azul
como el pantalón. La chaqueta llevará
impreso el logotipo en la misma posición que el camibuso. El uniforme será igual para niños y niñas,
pero se observará un corte femenino para las niñas. Los zapatos serán negros.
El
uniforme de educación física. Consta de sudadera gris con el
logotipo impreso en la misma posición que la chaqueta del uniforme de diario y
camiseta blanca con el respetivo logotipo; los zapatos serán tenis azul oscuro.
El uniforme de diario deberá llevarse siempre, excepto el día que
esté programada la asignatura Educación Física, en el cual podrá portarse el
uniforme correspondiente.
Capítulo
IV. Normas especiales sobre el uso del
uniforme.
Artículo
5. El uniforme tiene obligatoriedad de uso
dentro de la institución y fuera de ella cuando existan actividades bajo el
control o responsabilidad del colegio o donde se represente su nombre. El uniforme deberá estar en perfecto estado
de limpieza y orden.
Artículo
6. Los uniformes no son reasignables entre
ellos. Esto significa que no podrán
mezclarse prendas de un uniforme en el otro; en este caso se considerará que el
estudiante no porta el uniforme y se aplicará la sanción según se definirá más
adelante.
Capítulo
V. Higiene personal y salud.
Artículo
7. Todo el personal del Colegio Instituto para
la Ciencia deberá observar hábitos higiénicos y de salud según lo indican las
normas de la correcta vida en comunidad.
Artículo
8. Todo el personal del Colegio Instituto para
la Ciencia se presentará en sus instalaciones a cumplir las obligaciones según
corresponda, bañado, peinado y con buena presentación personal en general.
Artículo
9. Todo integrante del Colegio Instituto para
la Ciencia se abstendrá de actos desagradables como escupir sobre el piso o los
bienes de la institución o de sus compañeros o sobres sus compañeros. Así mismo evitará tirar papeles, chicles, restos de comida en estos
mismos lugares.
Artículo
10. Toda persona que forme parte del Colegio
Instituto para la Ciencia, se abstendrá de usar dentro de la institución o en
actividades bajo la responsabilidad de esta o donde esté representado su
nombre, pearcing de cualquier tipo y cabello largo si es hombre.
Artículo
11. Toda persona integrante del Colegio
Instituto para la Ciencia evitará
portar o consumir elementos sicoactivos, narcóticos, alcohol, tabaco o
cualquier otro considerado como droga, dentro de la institución o en
actividades bajo la responsabilidad de esta o donde esté representando su
nombre.
Artículo
12. Todo estudiante del Colegio Instituto para
la Ciencia evitará ingerir cualquier tipo de alimento dentro de la actividad
académica.
Artículo
13. Toda persona del Colegio Instituto para la
Ciencia evitará agredir física o verbalmente a sus compañeros cualquier que sea
su función.
Artículo
14. Toda persona del
Colegio Instituto para la Ciencia se abstendrá de portar armas de cualquier tipo,
dentro de la institución o en actividades bajo la responsabilidad de esta o
donde esté representando su nombre.
Parágrafo.
Las herramientas que sirvan exclusivamente para cumplir labores
específicas, están fuera de esta prohibición.
También lo están las armas que autorizan las leyes como las de los
vigilantes.
Artículo
15. Los estudiantes
deberán presentarse con el uniforme en perfecto estado de limpieza y pulcritud.
Capitulo
VI. Comportamiento entre los miembros del Colegio Instituto para la Ciencia.
Artículo
16. Todos los miembros del Colegio Instituto
para la Ciencia serán respetuosos entre sí, sin importar el rango o nivel
dentro de la institución.
Artículo
17. Los estudiantes se
dirigirán de manera respetuosa a sus compañeros, profesores, directivos,
administrativos y a todo el personal de la institución.
Artículo
18. Los estudiantes y los demás integrantes del
Colegio Instituto para la Ciencia se abstendrán de usar vocabulario soez o
irrespetuoso para con sus compañeros y demás personal y su uso se sancionará
conforme al presente reglamento.
Artículo
19. Los estudiantes guardarán la compostura
durante la función académica y evitarán actos que interrumpan o desmejoran el
buen desarrollo de la clase o de la actividad académica en mención.
Artículo
20. Los estudiantes atenderán las órdenes de sus
superiores según la jerarquía institucional.
Parágrafo.
Debido a que la vida de una institución se base en la jerarquía de sus
poderes y en el reconocimiento de éste por parte de sus integrantes. La violación a esta norma se considerará
como falta muy grave.
Artículo
21. Todos los estudiantes serán tratados con
respeto por sus docentes, directivos y demás personal del Colegio Instituto
para la Ciencia .
Capítulo
VII. La normatividad académica.
Artículo
22. Los estudiantes deberán cumplir la jornada
académica según lo estipula el Colegio Instituto para la Ciencia y no podrán
abandonar sus actividades excepto los casos especiales.
Parágrafo.
Se consideran casos especiales la solicitud del acudiente, la orden dada
por un directivo o caso fortuito como enfermedad o desastre.
Artículo
23. Es responsabilidad
de todo estudiante presentar los trabajos académicos dentro de los plazos dados
por sus docentes y con la mayor diligencia y empeño.
Parágrafo. Los estudiantes pueden exigir a sus
docentes similares responsabilidades en lo que respecta a la preparación de la
clase, su responsabilidad y el empeño puesto en ella.
Artículo
24. Los estudiantes acudirán a la actividades
académica en el lugar y hora convenido en el contrato de matrícula y con el
uniforme reglamentario y los elementos necesarios para el desarrollo eficiente
de su actividad.
Artículo
25. Los estudiantes
asistirán a las salidas de campo reglamentarias igual que se asiste a una clase
dentro de la institución.
Parágrafo. La falta injustificada a las salidas
de campo afectará académicamente las asignaturas de todos los profesores
responsables de la salida, debido a que la salida es parte del currículo del
Colegio Instituto para la Ciencia. La
asistencia también afectará las mismas áreas pero de manera positiva.
Artículo
26. Debido al riesgo propio de las prácticas de
laboratorio, los estudiantes usarán en estas actividades vestimenta especial
que consiste en una bata de laboratorio de color blanco.
Artículo
27. Los estudiantes de cualquier grado podrán
solicitar validación por suficiencia, lo cual será analizado por el coordinador
académico y en caso de ser aceptado seguirá el siguiente procedimiento:
·
Notificará al
estudiante sobre su aceptación
·
Asignará a los
docentes de las diferentes asignaturas la preparación de la validación.
·
Fijará las fechas
de valoración.
·
La evaluación
constará de las siguientes partes:
o Una exposición oral sobre la
asignatura.
o Un trabajo escrito debidamente
sustentado.
o Una evaluación escrita.
·
La nota definitiva
será el promedio entre las tres actividades anteriores y para aprobar su
valoración deberá ser sobresaliente o excelente.
·
Las validaciones de
grados deberán ser propuestas antes de finalizar oficialmente el calendario
académico y la valoración deberá cumplirse antes de iniciar el siguiente año
académico.
·
La validación de un
grado tendrá un costo igual al valor de una pensión del año en que se hace la
solicitud y será una suma no reembolsable.
Artículo
28. El Colegio Instituto para la Ciencia
evaluará mediante entrevista a los aspirantes a ser estudiantes de la
institución y se reservará el derecho de admisión.
Artículo
29. Cuando se detecten serias dificultades de
aprendizaje en un estudiante matriculado, el Colegio Instituto para la Ciencia
tomará las medidas académicas a que hubiere lugar, en las cuales involucrará al
estudiante, a sus docentes y a sus acudientes. Si a pesar de esto el estudiante
no mejora su rendimiento, el Colegio Instituto para la Ciencia procederá a excluir
al estudiante de la institución por cuanto requiere educación especial, la cual
no poseemos.
Capitulo
VIII. Estímulos y sanciones.
Artículo
30. El Colegio
Instituto para la Ciencia apoyará toda propuesta académica de los estudiantes,
siempre que esté orientada a su mejoramiento académico o a su crecimiento
personal.
Artículo
31. La mentalidad
científica será estimulada mediante un concurso anual de ciencia que se regirá
según la reglamentación del PEI del Colegio Instituto para la Ciencia, la cual
se dará a conocer durante los primeros 30 días del año académico. Además se realizar anualmente una muestra de
creatividad científica estudiantil.
Parágrafo.
Es deber de todo el personal del Colegio Instituto para la Ciencia,
participar de manera activa y efectiva en el desarrollo de la muestra
científica a que se refiere este artículo.
Artículo
32. La creación
literaria se despertará mediante un concurso anual de cuento que tiene su
reglamentación en el PEI y que se dará a conocer durante los primeros 30 días
del año académico.
Artículo
33. Toda actividad
académico, científica o de creatividad, desarrollada por los estudiantes de
manera extracurricular, será resaltada por la institución y contribuirá a la
valoración bimensual de la respectiva asignatura, según porcentajes
determinados por el docente o por el coordinador académico.
Artículo 34.
Las actividades que complementen la formación humana o académica serán
estimuladas por la institución, mediante notas excelentes o sobresalientes.
Parágrafo. Las actividades a que hace referencia
este artículo son congresos,
seminarios, paneles y conferencias especializadas.
Artículo 35.
Si un estudiante obtiene alguna distinción fuera del colegio, en
cualquier área, el Colegio Instituto para la Ciencia hará eco de ella y lo
resaltará en la actividad de clausura anual.
Igual se hará con los estudiantes que sobresalgan en actividades
internas durante el año académico.
Artículo
36. Las faltas al presente reglamento se
clasifican en faltas graves y faltas muy graves. Esto por cuanto la violación
al reglamento interno amenaza la estabilidad institucional, cualquiera que sea
la falta. Son faltas graves las
siguientes:
·
Llegar tarde al
colegio 2 o más veces durante una semana.
·
Portar pearcing o
cabello largo según el artículo 10 del presente reglamento.
·
Faltar
injustificadamente a la actividad académica inclusive las salidas de campo.
·
Utilizar
vocabulario soez según el artículo 18 del presente reglamento.
·
Presentarse sin el
respectivo uniforme, según el artículo 3 del presente reglamento.
·
No representar
dignamente al Colegio Instituto para la Ciencia cuando deba hacerlo.
·
Dañar el buen
nombre del Colegio Instituto para la Ciencia.
Son faltas muy graves las siguientes:
·
No atender las
órdenes de directivos o docentes.
·
Agredir física o
verbalmente a los compañeros, docentes, directivos o cualquier persona de la
institución.
·
Portar o consumir
drogas, según el artículo 11 del presente reglamento.
·
Destruir
deliberadamente los bienes del Colegio Instituto para la Ciencia o de sus
compañeros.
·
Hurtar bienes de la
institución o de algún integrante del Colegio Instituto para la Ciencia.
·
Modificar sus
resultados valorativos académicos o disciplinarios mediante fraude de algún
tipo.
Artículo
37. La sanción para
las faltas graves se aplicará según el siguiente procedimiento.
·
Amonestación verbal
la primera vez que ocurra la falta y designación de un tema para exposición
pública. Se registrará la falta en su
hoja de vida, como prueba de su existencia.
·
La segunda vez que
ocurra la falta se citará al acudiente y al estudiante y se les expondrá el
caso. Se les notificará sobre la pérdida de la calidad de estudiante del
Colegio Instituto para la Ciencia a partir de la siguiente falta. Firmarán un
compromiso mejoratorio.
·
La tercera vez que
ocurra la falta se citará al acudiente y al estudiante y se le excluirá de la
institución mediante resolución.
Parágrafo
1. El anterior procedimiento se aplicará a una
misma falta o a cualquier combinación de las faltas consideradas como graves,
si ocurrieren en un mismo año académico.
Parágrafo 2.
En caso que el estudiante se presente con vestimenta adicional no
reglamentaria, deberá entregar las prendas al rector, quien las entregará
exclusivamente al acudiente y éste será notificado de la sanción. En este caso se considera que el estudiante
no porta el uniforme y se procederá según el presente reglamento.
Artículo
38. La sanción para las faltas muy graves será
la exclusión inmediata de la institución sin perjuicio de las acciones penales
a que hubiere lugar. Esto por cuanto el estudiante incurso en este tipo de
falta representa un peligro para la sana convivencia de la comunidad del
Colegio Instituto para la Ciencia.
Artículo
39. Podrán existir faltas no enumeradas, las
cuales se tratarán según sano criterio del cuerpo directivo o del rector.
Capitulo
IX. El
personero y los representantes estudiantiles.
Artículo
40. La elección del
personero se regirá por las normas y costumbres que dictan la democracia y las
respectivas leyes reglamentarias y será un acto democrático. Su elección deberá
llevarse a cabo dentro del primer bimestre académico programado por la
institución y podrán ser elegibles los estudiantes del grado undécimo que
cumplan los siguientes requisitos: